Mascotas en conjuntos residenciales
Guía de bropets · actualizada el 2026-08-27
Una copropiedad sí puede fijar reglas de convivencia en su reglamento —censo de mascotas, correa en zonas comunes, recoger las heces, horarios de zonas verdes— y sí puede exigir lo que ya manda la ley nacional, como la póliza y el registro de las razas de manejo especial. Lo que no puede es prohibir tener mascotas ni imponer sanciones que no estén en el reglamento aprobado en asamblea. La pregunta que resuelve casi cualquier discusión es una sola: «¿en qué artículo del reglamento o en qué norma está eso?»
¿El conjunto puede prohibir las mascotas?
No puede prohibirlas de plano. Lo que puede es regular su circulación por las zonas comunes: exigir correa, prohibir el ascensor a ciertas horas, delimitar dónde pueden estar. Esas reglas tienen que estar en el reglamento de propiedad horizontal o en un manual de convivencia aprobado en asamblea, no ser una decisión suelta de la administración.
Si te dicen que "no se pueden tener perros", pide el artículo. Casi siempre lo que existe es una regla de circulación, no una prohibición.
¿Pueden exigirme póliza y registro por mi perro?
Depende de la raza, y la diferencia es la clave de toda la discusión.
Si está en la lista de la ley nacional (las 13 razas de la Ley 746 de 2002: pit bull, rottweiler, dóberman, dogo argentino, presa canario y las demás), la póliza de responsabilidad civil y el registro los exige la ley, no el conjunto. Ahí la administración solo está pidiendo lo que ya te toca.
Si no está en la lista —American Bully, Cane Corso, Boerboel, Akita— la exigencia solo puede venir del reglamento de la copropiedad, y entonces tiene que estar escrita ahí y haber sido aprobada en asamblea.
Ver la lista completa y las normas.
¿Para qué sirve un censo de mascotas en un conjunto?
Para tres cosas concretas, y ninguna es controlar a nadie:
- Cuando una se pierde. Con censo, el aviso llega a las torres vecinas en minutos y con foto. Sin censo, es un papel pegado en la portería.
- Cuando hay un incidente. Saber qué animal es y quién responde evita que una mordida se convierta en un pleito de meses entre vecinos que no se conocen.
- Para la asamblea. Cuántas mascotas hay, cuántas están vacunadas y cuántas de manejo especial tienen su póliza. Eso convierte una discusión de opiniones en una de datos.
El censo que sirve es el que la gente actualiza sola porque le da algo a cambio —la ID de su mascota, el plan de vacunas, la alerta si se pierde—, no el formulario de Excel que la administración persigue puerta por puerta.
Mi vecino no recoge las heces de su perro. ¿Qué se puede hacer?
Recoger las heces en espacio público es un deber del Código de Policía (Ley 1801 de 2016), con comparendo, y en zonas comunes suele estar además en el manual de convivencia.
El camino que funciona en la práctica: dejar constancia escrita ante la administración (con fecha, lugar y hora), pedir que se cite al propietario según el procedimiento del reglamento, y si se repite, la queja ante la autoridad de policía. Las fotos ayudan pero cuidado con exponer a la persona en grupos de WhatsApp — eso suele terminar en un problema distinto y peor para quien la publica.
¿Y si una mascota muerde a alguien en el conjunto?
Lo primero es la atención médica y el reporte a la Secretaría de Salud: toda mordedura de perro o gato se notifica, porque activa el protocolo de rabia y la observación del animal por 10 días. Eso no es opcional y no depende de que las partes se pongan de acuerdo.
Después viene lo demás: acta del incidente con fecha, hora, lugar, testigos y estado de vacunación del animal, y el reporte a la póliza si el perro es de manejo especial. Lo que decide cómo termina el caso casi siempre es si existe o no ese documento levantado el mismo día. Una semana después, ya nadie recuerda igual.
Ver el módulo para conjuntosCenso, cumplimiento y alertas. Los administradores lo usan gratis.